III.
Las tasas del visado en cuestión se abonarán en el momento de la solicitud y no serán reembolsadas, independientemente de que se conceda o no el visado. Estas tasas son independientes de los depósitos en efectivo requeridos

IV.
DEPÓSITOS EN EFECTIVO. Antes de conceder un visado se exige depositar una garantía en la Embajada en virtud del Artículo 26/2) de la Aliens Control Act [ley de extranjería] de 1991. Esta garantía, que actualmente es de 200.000 pesetas, será reembolsada por la Embajada después del regreso contra presentación del justificante de depósito original, siempre que no se hayan violado las condiciones expuestas en el permiso temporal de residencia. Por ejemplo, si un visitante ha permanecido en el país durante un periodo mayor del estipulado en el permiso temporal de residencia (emitido por el funcionario de control de aduanas en el puerto de entrada en Sudáfrica), se considerará que ha habido violación de la estancia autorizada del visitante en Sudáfrica (véase la selcción sobre permisos temporales de residencia).

V.
SOLICITUDES ENVIADAS POR CORREO. Se recomienda a los solicitantes que no puedan presentar su solicitud en persona en la Embajada que utilicen servicios de mensajería como DHL o SEUR, y concierten la devolución de sus pasaportes abonando los portes
previamente. El solicitante deberá cubrir todos los gastos relativos a la devolución del pasaporte, ya que la Embajada no se hace cargo de dicho gasto.