Los requisitos de visado para entrar en Sudáfrica aplicables
a los ciudadanos de los países cubiertos por esta Embajada son
los siguientes: España y Andorra: no es necesario visado para turismo, negocios o tránsito siempre que la duración del viaje sea inferior a 90 días.
Cuando la finalidad de la visita
sea profesional, por ejemplo en el caso de religiosos
que quieran asistir a una reunión eclesiástica o
académicos que vayan a dictar una conferencia o
participar en investigaciones, se requiere visado
o autorización de entrada para entrar en Sudáfrica,
independiente del país de origen y de la duración
de la estancia en Sudáfrica. Esta norma afecta,
entre otros, a las siguientes categorías:
Concertirstas
Trabajadores religiosos
Artistas
escénicos
Periodistas
con estancia prolongada
Músicos
Deportistas
con contrato
Personas relacionadas con medios de
comunicación con estancia prolongada