Los requisitos de visado para entrar en Sudáfrica aplicables a los ciudadanos de los países cubiertos por esta Embajada son los siguientes:
España y Andorra: no es necesario visado para turismo, negocios o tránsito siempre que la duración del viaje sea inferior a 90 días.
Cuando la finalidad de la visita sea profesional, por ejemplo en el caso de religiosos que quieran asistir a una reunión eclesiástica o académicos que vayan a dictar una conferencia o participar en investigaciones, se requiere visado o autorización de entrada para entrar en Sudáfrica, independiente del país de origen y de la duración de la estancia en Sudáfrica. Esta norma afecta, entre otros, a las siguientes categorías:
• Concertirstas • Trabajadores religiosos
• Artistas escénicos • Periodistas con estancia prolongada
• Músicos • Deportistas con contrato
• Personas relacionadas con medios de
comunicación con estancia prolongada